Siete entidades financieras se han adherido ya a Payguard, el servicio sectorial proporcionado por Iberpay que facilita a los proveedores de servicios de pago el intercambio de información sobre operaciones de movimientos de fondos no autorizadas o sospechosas de serlo.
Por el momento, Abanca, Bankinter, BBVA, BCC (Grupo Cajamar), Banco Cooperativo --que engloba a más de una quincena de cajas rurales como las de Jaén o Zamora--, Banco Sabadell e Ibercaja son las únicas entidades que se han unido a este fichero común de prevención del fraude en operaciones bancarias.
Está previsto que se vayan sumando otros bancos en los próximos meses, como Banco Santander, según han confirmado a Europa Press en fuentes financieras. CaixaBank y Bankia también se adherirán, pero podrían esperar hasta culminar su integración, que previsiblemente se producirá a partir de marzo, para hacerlo de forma conjunta.
Este servicio permite a sus participantes evaluar anticipadamente el riesgo de fraude en los pagos recibidos de los clientes, así como comprobar que las cuentas destino beneficiarias de los pagos no están, o han estado, comprometidas en operaciones no autorizadas.
De este modo, los proveedores de servicios de pago pueden consultar los datos informados por el resto los participantes e introducir datos de las operaciones no autorizadas o sospechosas detectadas por ellos mismos.
En cualquier caso, el análisis de las operaciones susceptibles de fraude y la puesta en marcha de mecanismos para combatir el fraude queda bajo la completa responsabilidad y dentro del ámbito de los participantes en el servicio.
Las ventajas de este fichero son la posibilidad de agregar y compartir interbancariamente información de gran valor para prevenir fraudes, gestionar con carácter sectorial las operaciones sospechosas o no autorizadas y tener acceso a estos servicios en tiempo real y a cualquier momento.
Cualquier proveedor de servicios de pago que esté interesado en acceder puede participar a través de dos modalidades distintas: como participante directo e indirecto.
En el primer caso, la entidad tiene conexión técnica al servicio como participante presentador o declarante de información, tanto de sus propias operaciones como de las correspondientes a los participantes a los que represente. También es receptor de la información proporcionada por el servicio.
En el segundo caso, el participante no cuenta con conexión técnica directa al servicio; solamente incorpora y consume la información en el registro de operaciones no autorizadas y operaciones sospechosas a través de un participante directo.