La Audiencia Nacional ha tumbado una multa a Repsol en 2015 por considerar que en sus relaciones con sus estaciones de servicio abanderadas cometió infracciones en materia de formación de precios o aplicación de descuentos
En una sentencia dictada el pasado mes de marzo, la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha estimado el recurso interpuesto por Repsol contra la resolución de la CNMC.
En su fallo, el tribunal anula la resolución de la CNMC por la que se imponía la multa a la energética "por no ser ajustada a Derecho" y, además, condena en costas a la Administración. De esta manera, la petrolera consigue un fallo a favor en una de las diversas 'batallas' judiciales que mantiene abiertas con el 'superregulador'.
Esta sentencia es susceptible de recurso de casación ante la propia Audiencia Nacional. No obstante, fuentes jurídicas indicaron que la opción del recurso tendría poco recorrido. De hecho, en 2017, la propia Audiencia Nacional ya había admitido un recurso del grupo presidido por Antonio Brufau y anulaba esta multa de la CNMC al considerar que existía un defecto de forma.
Esta sanción de 22,59 millones de euros fue impuesta en julio de 2015 por la CNMC a Repsol. El organismo sancionaba además a tres empresas de estaciones de servicio abanderadas de la petrolera: Lence Torres y Complejo San Cristóbal, Estación de Servicio Lorquí y Cerro de la Cabaña.
La resolución culminaba un expediente incoado en el año 2013, que se abrió en el marco de las actuaciones dirigidas contra los principales operadores petrolíferos de país. Tres consejeros de la CNMC, incluido su entonces presidente, José María Marín Quemada, aprobaron la resolución, que contó con los votos en contra de los otros dos consejeros de la Sala.