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¿Qué se puede hacer y qué no durante el teletrabajo?

Temas como el despido improcedente, las bajas por enfermedad o los accidentes laborales abren debate sobre el marco legal del teletrabajo La pandemia de la Covid-19 trajo numerosas novedades a nuestra sociedad. Durante aquellos meses se vivió una situación nunca antes vista y para adaptarse a ella se utilizó el teletrabajo. Según el INE, con el confinamiento el porcentaje de teletrabajadores en España subió del 4,8% hasta el 10,8%. Hoy en día, aunque ese porcentaje ha caído, sigue siendo mayor en comparación con antes de la pandemia. A principios de este año había en España aproximadamente 2 millones y medio de trabajadores a distancia. Al tratarse de un terreno inexplorado, se optó por la improvisación, sin tener muy claros los límites legales. Así, se pueden observar una multitud de casos que sientan precedente sobre el teletrabajo en relación con temas como las horas extra, los accidentes laborales o las dietas. Dos caras de la misma moneda: el ocio durante el teletrabajo Uno de los temas más discutidos es el tiempo de ocio durante las horas de teletrabajo. Cuando se trabaja presencialmente la gente se suele tomar momentos de descanso a lo largo de la jornada laboral, siempre y cuando se llegue a los objetivos fijados y no se abuse de ello. ¿Sucede lo mismo en el teletrabajo? Recientemente ha habido dos casos similares en el Tribunal Superior de Justicia que han acabado con resultados dispares, ambos sobre el tema del ocio durante las horas de trabajo. En el primero, del 1 de marzo de este año, un trabajador recurría su despido, alegando que se trataba de un despido improcedente. Según lo estimado por la compañía, el trabajador, que desempeñaba labores de comercial desde el año 2011, había estado trabajando en horarios diferentes a los acordados en el contrato. La compañía…
El Observatorio Jurídico de Legálitas ha determinado que en 2022 las áreas de Consumo (23,19%), Inmueble (18,04%) y Laboral (17,36%) son las que aglutinaron el mayor número de consultas 2022 fue un año de cambios, de incertidumbre económica, de conflictos internacionales, de crisis energética, de inflación desbocada. Pero, ¿acaso se corresponde esta realidad con las auténticas preocupaciones de la sociedad? Lo cierto es que sí. Así lo desprende el Observatorio Jurídico de Legálitas, que el pasado año analizó 944.57 consultas recibidas por sus abogados a lo largo de sus doce meses.  Precisamente los temas relacionados con consumo han sido los que han copado el 23,19% de las consultas, seguido de los vinculados a los inmuebles (18,04%) y los laborales (17,36%).  Dentro de ellas destaca que casi una de cada cuatro llamadas recibidas estuvo relacionada con los bancos y la contratación de suministros. Además, de ellas, el 41,15% fue sobre aspectos bancarios como la reclamación de gastos por la constitución de hipotecas o la nulidad de los contratos de seguros de pago único vinculados a la hipoteca, lo que se conoce como ‘Seguro de prima ´única’.  Y es que, en un año en el que el Euríbor entró en cifras positivas hasta situarse en el 3,018% en diciembre, y superado el 3,337% en los primeros datos de 2023, no han sido pocos los consumidores que han buscado con especialistas las respuestas a todas sus dudas. Por eso también ha sido reseñable que del bloque inmobiliario el 43,7% de las consultas recibidas hayan estado vinculadas al alquiler.  Tanto es así que las diferentes medidas aprobadas por el Gobierno para paliar los efectos de la inflación se han reflejado en las cuestiones de la sociedad. En primer lugar, a partir de las relacionadas con los contratos de arrendamiento, pero también con la limitación…