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Economía, Revista Capital

¿Qué se puede hacer y qué no durante el teletrabajo?

Por Redacción Capital

Temas como el despido improcedente, las bajas por enfermedad o los accidentes laborales abren debate sobre el marco legal del teletrabajo

La pandemia de la Covid-19 trajo numerosas novedades a nuestra sociedad. Durante aquellos meses se vivió una situación nunca antes vista y para adaptarse a ella se utilizó el teletrabajo.

Según el INE, con el confinamiento el porcentaje de teletrabajadores en España subió del 4,8% hasta el 10,8%. Hoy en día, aunque ese porcentaje ha caído, sigue siendo mayor en comparación con antes de la pandemia. A principios de este año había en España aproximadamente 2 millones y medio de trabajadores a distancia.

Al tratarse de un terreno inexplorado, se optó por la improvisación, sin tener muy claros los límites legales. Así, se pueden observar una multitud de casos que sientan precedente sobre el teletrabajo en relación con temas como las horas extra, los accidentes laborales o las dietas.

Dos caras de la misma moneda: el ocio durante el teletrabajo

Uno de los temas más discutidos es el tiempo de ocio durante las horas de teletrabajo. Cuando se trabaja presencialmente la gente se suele tomar momentos de descanso a lo largo de la jornada laboral, siempre y cuando se llegue a los objetivos fijados y no se abuse de ello. ¿Sucede lo mismo en el teletrabajo?

Recientemente ha habido dos casos similares en el Tribunal Superior de Justicia que han acabado con resultados dispares, ambos sobre el tema del ocio durante las horas de trabajo. En el primero, del 1 de marzo de este año, un trabajador recurría su despido, alegando que se trataba de un despido improcedente.

Según lo estimado por la compañía, el trabajador, que desempeñaba labores de comercial desde el año 2011, había estado trabajando en horarios diferentes a los acordados en el contrato. La compañía contrató un detective privado que le descubrió llevando a cabo tareas personales durante sus horarios laborales como jugar al pádel, ir al gimnasio o recoger a su hija del colegio.

El trabajador apeló que todas estas actividades no afectaron a su productividad como empleado ya que había trabajado durante fines de semana y vacaciones para poder llegar a todos los objetivos propuestos.

Finalmente, la Justicia falló a favor del trabajador. La jueza concluyó que el trabajo de comercial puede realizarse con el móvil desde cualquier lugar, de manera que solicitó a la empresa una indemnización al trabajador y la anulación del despido.

El segundo caso tuvo lugar en julio de 2022 y presenta varias similitudes con el primero. Para empezar, el empleado, que era parte del grupo de ventas, había sido visto realizando actividades como hacer la compra, ir al médico o ir a cafeterías durante su horario laboral.

En este caso el trabajador había firmado un contrato en el que se especificaba que su lugar de trabajo era su domicilio en Madrid y que debía informar a la compañía si esto cambiara. Aun así, desde el 22 de julio de 2021 hasta el 29 del mismo mes se le vio en Zaragoza, sin haber avisado previamente a sus empleadores.

Tras esto fue despedido. El trabajador apeló la sentencia y alegó que no había roto la planificación de citas electrónicas en ningún momento y que en otras ocasiones se habían producido incumplimientos de horario en la compañía como horas extra que no estaban reflejados en el parte de actividad. A pesar de esto no pudo presentar ninguna prueba física y el tribunal falló en su contra, desestimó el recurso y confirmó el despido.

Estos casos, que presentan tantas similitudes, abren un tema controvertido sobre los límites del teletrabajo y lo que se puede y no hacer durante las horas laborales.

Los expertos presentan opiniones divergentes respecto al tema. Roberto Miño Reig, socio de Cremades y Calvo-Sotelo Abogados opina que "en los trabajos presenciales siempre se ha permitido hacer algunas gestiones personales siempre y cuando no se genere un perjuicio en una prestación del trabajo ni interrumpa el transcurso normal del puesto de trabajo. Esa misma filosofía debe entenderse en el ámbito del teletrabajo. En este tipo de situación es fundamental la elaboración de protocolos empresariales que determinen lo que se puede o no hacer".

Por el contrario, María Jesús Herrera, socia de Sagardoy Abogados, piensa que "el teletrabajo ha tenido una entrada más contundente con la pandemia pero eso no quita que las obligaciones sean diferentes", es decir, "mientras se teletrabaja no se puede hacer otra cosa que no sea trabajar".

Otros casos: los accidentes laborales y las bajas por enfermedad

Otro caso que ha comenzado un debate respecto a los límites del teletrabajo y las responsabilidades de los empleadores se produjo en enero de este año. El trabajador alegó que una caída por las escaleras durante las horas de teletrabajo se trataba de un accidente laboral.

En un principio la compañía reconoció una baja por contingencias comunes y se le denegó el accidente laboral al no encontrarse en la oficina físicamente.

El trabajador apeló ante la Justicia que consideró que sí se trataba de un accidente laboral ya que los hechos se habían producido durante el tiempo y lugar de trabajo. Este caso es de gran importancia ya que abre un precedente para otros casos similares.

Como explica Santiago Zamora, abogado laboral de Ontier, "el criterio de la Justicia es absolutamente determinante y a falta de una mayor regulación es una herramienta jurídica que otorga los parámetros y el marco legal para saber si tenemos un accidente".

Otra situación debatida es la de las bajas por enfermedad, que de acuerdo con la un estudio de InfoJobs es mucho menor en aquellos que teletrabajan que en los trabajadores de modelo presencial. Según el estudio, el 27% de aquellos que trabajaron de forma presencial cogieron alguna baja médica. Una cifra superior al 17% de teletrabajadores que tuvieron bajas por enfermedad.

Según Santiago Zamora esto puede deberse a que en el pasado, "en casos de dolencias leves los trabajadores no iban a la oficina para evitar contagiar a los compañeros o por molestias en el transporte", al teletrabajar estos problemas desaparecen, de forma que se reducen las bajas médicas.

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