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Economía

Cinco claves para diferenciar la factura electrónica del reporte fiscal electrónico

Aunque el SII requiere que ciertas empresas proporcionen información detallada y actualizada sobre sus transacciones comerciales, es importante no mezclar este proceso con el reporte fiscal electrónico

Claves para diferenciar la factura electrónica del reporte fiscal electrónico
Por Redacción Capital

Aproximadamente la mitad de los directores financieros (57%) de España están al tanto de la reciente legislación sobre facturación electrónica y su impacto en sus operaciones, según informa la investigación de digitalización llevada a cabo por Pleo, la plataforma de gestión de gastos empresariales.

A menudo, las empresas confunden la conformidad con el Suministro Inmediato de Información (SII) con la emisión de facturas electrónicas, lo cual es un error común. Si bien el SII requiere que ciertas empresas proporcionen información detallada y actualizada sobre sus transacciones comerciales, es importante no mezclar este proceso con el reporte fiscal electrónico.

Diferencias entre reporte fiscal y factura electrónica

Por eso, desde Pleo comparten cuáles son las principales diferencias entre el reporte fiscal y la factura electrónica:

  1. Contenido: La factura electrónica es el documento completo de una factura, con todos sus detalles y efectos legales, mientras que el reporte fiscal incluye menos información sobre la facturación. La factura electrónica proporciona un desglose detallado de la transacción.
  2. Objetivo: Mientras que el reporte fiscal se utiliza para los registros fiscales necesarios para la declaración del IVA, la factura electrónica valida y registra la transacción comercial para prevenir la duplicación de facturas y la morosidad. Sorprendentemente, según nuestros datos, el 94% de los equipos financieros en España admiten haber recibido facturas duplicadas al menos una vez, y el 31% han pagado accidentalmente la misma factura dos veces.
  3. Regulación: El Suministro Inmediato de Información (SII) es una herramienta desarrollada por la agencia tributaria para facilitar la liquidación del IVA, mientras que la obligatoriedad de la factura electrónica está establecida en la Ley Crea y Crece del gobierno.
  4. Sanciones: Las multas por incumplimiento del SII varían de 150 a 6000 euros por trimestre, dependiendo de la infracción. Por otro lado, las multas por no cumplir con la legislación de facturación electrónica oscilan entre 300 y 6000 euros por trimestre.
  5. Implementación: Aunque el SII ya forma parte de la rutina de las empresas españolas, la obligatoriedad de la factura electrónica aún está pendiente. Su implementación está prevista para este verano, pero la mayoría de las empresas no estarán sujetas a esta obligación hasta 2025 o más tarde, debido a los períodos de adaptación establecidos por la ley.

La coexistencia de la factura electrónica y el SII plantea desafíos técnicos que las empresas deben abordar. Según Álvaro Dexeus, director de Pleo para el Sur de Europa, "la factura electrónica será próximamente una realidad para las empresas españolas, y contar con las herramientas adecuadas será crucial. La anticipación y la digitalización de los procesos permitirán una adaptación más sencilla a la nueva normativa y prepararán a las empresas para el futuro".

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